Revista de tecnologías de apoyo y accesibilidad

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Norma EN 301 549 V3.2.1 (2021-03) y UNE-EN 301549:2022: ¿son documentos idénticos?

Imagen de la portada de la norma EN 301 549 V3.2.1 (2021-03)

Desde hace algún tiempo estoy escribiendo un libro para el que necesito ir documentándome, de ahí que aparezcan en la portada de TecnoAccesible referencias a documentos relacionados con la interacción persona ordenador y la accesibilidad de equipos informáticos. Buscando información sobre la accesibilidad de kioscos de información y de gestión administrativa consulté la norma EN 301 549 V3.2.1 (2021-03) Accessibility requirements for ICT products and services. Lo cierto es que, para este tema, existen otras normas que lo tratan con mayor detalle, por lo que mi interés por este documento concreto era menor; pero lo que me produjo sorpresa es que encontré también la norma equivalente española UNE-EN 301549:2022, idéntica a la versión en inglés según figura en la página web de la Asociación Española de Normalización (UNE), a un precio de 184 €; entiéndase que no me sorprende el precio en sí mismo, ya que está en la línea del precio de los documentos de este organismo, lo que me sorprende es que la norma puede ser descargada en inglés de forma gratuita desde la página web de ETSI; y también debo matizar esta sorpresa, ya que siempre he podido obtener gratuitamente desde la página de ETSI las normas que he necesitado.

¿Cuál es la diferencia entre ambos documentos? En un primer momento podríamos pensar que es algo obvio: el idioma, la norma de UNE está en castellano. Pero desde mi punto de vista ésta es una diferencia menor; lo grave es que hay personas y organizaciones que por su nacionalidad y/o formación pueden disfrutar de este conocimiento en inglés, conocimiento de normas que debería ser fluido, sin impedimentos, si queremos ayudar a que se cumplan, tal como ocurre con la legislación española, que puede consultarse libremente, o las publicaciones de las Naciones Unidas, u otras normativas, como las de la Organización Internacional de las Telecomunicaciones, o las de la propia ETSI. Es decir, lo realmente importante es que hay una discriminación de trato en la difusión de una misma norma si se es castellanoparlante o se es anglófono; en el primer caso, si quieres conocerla, abonas 180 € a UNE, en el segundo, simplemente la descargas gratuitamente desde la página oficial de ETSI.

Hay quién podría argumentar que siempre es posible acudir a una biblioteca para consultar aquellas normas que nos interesen, por lo que el precio no es una barrera impenetrable. Dos cosas: una, reto a cualquiera a buscar en las bibliotecas públicas estas normativas; pero, además, aunque estuvieran, esto también sería una desventaja con respecto a quien pueda consultar la versión en inglés desde su casa o el trabajo; dos, suponiendo que estuviera disponible en las bibliotecas de las principales ciudades españolas, ¿qué ocurre con las medianas y pequeñas poblaciones o con la España despoblada? Alguien podría decir que qué tipo de marciano puede vivir en esos sitios que precise consultar un documento tan exótico; pero la cuestión no es esa, la cuestión es que sí puede darse el caso y, aunque a nadie le interesara estos documentos en esos sitios, se debe poder tener acceso a ellos, debería ser un derecho.

Como se ha visto, en este breve artículo no se ha mencionado nada sobre el contenido de la norma EN 301 549, no era su motivación, pero para aquellos que les pueda interesar, hay un magnífico artículo escrito por Olga Carreras, en cuyo comienzo, precisamente, se recuerda «que el Real Decreto 1112/2018 sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público dicta que los portales y apps del sector público deben cumplir con la última versión de la EN 301 549». Si hay una ley que remite a un documento normativo para ser cumplida, debería ser tan accesible la lectura de dicho documento como la propia ley.

Para muchos, éste será un problema menor, aunque ponga de relieve una anomalía en el trato entre unas personas y otras, y puedo estar en parte de acuerdo, sobre todo si lo comparamos con la cuestión del precio de los productos de apoyo respecto a los productos de consumo equivalentes, por ejemplo un trackball de bola grande que cueste 100 € frente a un ratón convencional que cueste 10 €, y es algo de lo que deberíamos hablar. Sin embargo, creo que también es importante el tema aquí tratado; la normativa existente tiene relación con casi toda la realidad que nos rodea, y su principal objetivo es facilitar la vida y la seguridad de las personas que usamos productos, servicios y el entorno construido, por lo que debería ser más conocida y de acceso gratuito, si queremos que las directrices que contienen sean exigidas por los usuarios y sus organizaciones.